1.- Para la provision de TODOS los puestos de trabajo mediante concurso, deberan valorarse 3 meritos siempre, di si o no a los siguientes: anyos de servicio prestados
2.- años de servicio prestados en las distintas administraciones públicas, computándose los servicios reconocidos, y el grado personal
3.- titulacion academica (excluye valenciano)
4.- titulacion academica (excluye valenciano)
5.- Valoración del resultado de una entrevista
que tendrá como objetivo la exposición y defensa de una memoria previamente presentada
6.- experiencia obtenida anteriormente en otros puestos
7.- En puestos del sector de administración general podrá establecerse como mérito el haber desempeñado puestos de distinto contenido funcional al del puesto convocado
8.- En cada convocatoria se señalará el
a aplicar
9.- 33/99: Concurso: La máxima puntuación que pueda asignarse por los 3 meritos obligatorios no deberá ser nunca inferior a
10.- 33/99: Concurso: La máxima puntuación que pueda asignarse por los 3 meritos obligatorios no deberá ser nunca superior a un
de la puntuación máxima que puede obtener por todos los méritos puntuables.
11.- Cuando se incluya la entrevista, por la misma no se podra obtener una puntuacion superior al
de la maxima que puede obtenerse por todos los meritos puntuables.
12.- 10/10: Concurso: la convocatoria podrá incluir la realización de pruebas de carácter práctico, memorias, entrevistas u otros sistemas similares, sin que, en ningún caso, la puntuación a obtener por las mismas, en
por ciento
13.- El sistema de la anterior pregunta se le llama
14.- El Concurso especifico se podra aplicar cuando asi este establecido en la
o en el correspondiente instrumento de ordenación y en las correspondientes convocatorias
15.- la administración negociará con los representantes de las organizaciones sindicales más representativas unos
adecuados
16.- Dichos baremos se publicaran mediante Orden por la Conselleria competente en